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Estudian prohibir la venta y exhibición de animales en tiendas
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ultima un anteproyecto de ley que incluye la normativa básica del comercio y tenencia responsable de perros y gatos, con la que pretende prohibir la venta de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición en escaparates con fines comerciales.
La propuesta del Gobierno es un texto con 30 artículos, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias y cinco disposiciones finales.
La norma tiene como finalidad establecer las normas básicas en materia de comercio y de tenencia responsable de perros y gatos, regular las inspecciones y los controles para verificar su cumplimiento, y fijar un régimen de infracciones y sanciones.
La ley se ciñe exclusivamente a perros y gatos, si bien quedan excluidos «los animales propiedad de los ministerios de Defensa o Interior y sus organismos autónomos o adscritos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de la policía local».
Además, considera que un animal está abandonado cuando no tiene microchip o su propietario no ha denunciado su extravío, y que está perdido cuando su dueño ha puesto en conocimiento de las autoridades esta situación en un plazo máximo de siete días.
Entre las prohibiciones recogidas por el anteproyecto de ley, están maltratar, torturar o someter a cualquier práctica que produzca sufrimiento, daños inútiles o innecesarios a algún perro o gato; abandonarlos, matarlos sin aplicación eutanásica veterinaria, utilizarlos en peleas, amputarles las orejas o la cola y utilizarles «en espectáculos públicos o actividades publicitarias que les causen angustia, dolor o sufrimiento, o utilizarlos de forma ambulante como reclamo».
Además, el texto recoge que «queda prohibida la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales», además de vender, donar o entregar en adopción a un perro o gato sin identificación mediante microchip.
Las multas por incumplir la ley oscilan entre los 100 a 3.000 euros (infracciones leves), los 3.001 y los 30.000 euros (infracciones graves), y los 30.001 y los 200.000 euros (infracciones muy graves).
Fuente: El Mercurio Digital